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jueves, 18 de junio de 2020

CANET DE BERENGUER

GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE LA PROVINCIA DE VALENCIA:

Por: JUAN E. PRADES BEL, "humanismo" ("ESPIGOLANT CULTURA": Taller de historia, memorias y patrimonios).

(Sinopsis): RECORDAR TAMBIÉN ES VIVIR…

(Temáticas): DATOS PARA LA HISTORIA DEL MUNICIPIO DE CANET DE BERENGUER (VALENCIA).

(Temáticas): "HISTORIAS DEL MAR". 

"LA HABILITACIÓN DE LA PLAYA DE CANET DE BERENGUER (VALENCIA), PARA LA DESCARGA DE SAL. AÑO 1895".

Escribe: J. EMILIO PRADES BEL.

TEMÁTICAS: Datos para la historia de los antiguos “graos”  y embarcaderos de carga para la importación y la exportación de los siglos XIX y XX, habilitados ex proceso en las playas de la Comunidad Valenciana (España). Serie “Historias del Mar” de Juan E. Prades Bel.

EXPOSICIÓN: (Documento oficial aprobado el año 1895: Resumen-sinopsis: Real Orden del Gobierno de España, disponiendo la habilitación de la playa de Canet de Berenguer (Valencia) para la descarga de sal,  esta Real Orden fue aprobada el 2 de diciembre de 1895,  y fue publicada por el Ministerio de Hacienda en la Gaceta de Madrid, número 347, de 13/12/1895, página 820.

EXPOSICIÓN DOCUMENTAL: TEXTO: “MINISTERIO DE HACIENDA. REAL ORDEN: “ Ilustrísimo Sr.: Vista la instancia elevada á este Ministerio por el Ayuntamiento de Canet de Berenguer, provincia de Valencia, solicitando se habilite la playa de aquel punto para la descarga de sal común peninsular:

- Considerando que la habilitación pedida se refiere á un producto útil á la agricultura, y que, por tanto, procede aplicar á la conveniencia ó inconveniencia de otorgar lo solicitado los razonamientos que la Delegación de Hacienda, Administración principal de Aduanas, Comandancia de Carabineros y Consejo de Agricultura, Industria y Comercio de la citada provincia emitieron, al informar en sentido favorable la solicitud de la referida Corporación, en que se interesó se habilitase la playa de que se trata para la exportación de frutos y productos del país y para el desembarque en régimen de Cabotaje de maderas para envases, abonos, instrumentos de cultivo, máquinas agrícolas y toda dase de útiles para la agricultura, cuya solicitud se resolvió, con arreglo á lo pedido, por Real orden de 14 de Noviembre de 1894;

- S. M. el Rey (q. D. g.), y en su nombre la Reina Regente del Reino, de conformidad con lo propuesto por esa Dirección general, se ha servido disponer se habilite la playa de Canet de Berenguer para la descarga de la sal que se conduzca por cabotaje procedente de las salinas españolas de la Península, verificándose las operaciones con documentos de la Aduana del Grao de Valencia y bajo la vigilancia del Resguardo; siendo de cuenta de los interesados el abono de las dietas que, con arreglo á lo preceptuado en la disposición primera del apéndice 1º. de las Ordenanzas de la renta, habrá que satisfacer á los empleados periciales cuando su presencia sea necesaria en el punto habilitado.

De Real orden lo digo á V. I. para su conocimiento y efectos correspondientes. Dios guarde á V. I. muchos años.

Madrid 2 de Diciembre de 1895.

N. REVERTER Sr. Director General de Aduanas.

ADDENDA: Adiciones y complementos sobre las temáticas y motivos del artículo (Por Juan E. Prades):

-CANET DE BERENGUER (VALENCIA): Canet de Berenguer (oficialmente y en valenciano Canet d'en Berenguer) es un municipio de la Comunidad Valenciana, España. Perteneciente a la provincia de Valencia, en la comarca del Campo de Murviedro (Camp de Morvedre).

-Director General de Aduanas : Juan Navarro Reverter (Valencia, 27 de enero de 1844-Madrid, 2 de abril de 1924) (Wikipedia) (mcnbiografias.com/app-bio/do/show?key=navarro-reverter-juan)

BIBLIOGRAFIA, WEBGRAFÍA Y FUENTES DOCUMENTALES:

- Embarques de productos del país en la playa de Canet de Berenguer (Valencia), año 1894. Autor: J. Emilio Prades.

- Embarque de productos de la tierra en la playa o grao de Torreblanca-Torrenostra, en el siglo XIX. Autor: J. E. Prades Bel.

- Embarques de productos del país en los graos y embarcaderos habilitados en las playas de Burriana, Moncófar y Almazora, en el siglo XIX. Autor: J. Emilio Prades Bel.

- Proyecto de construcción de un muelle embarcadero en la rada de Benicarló, año 1883. Autor: Juan E. Prades.

- Embarques y desembarques, de productos del país en la playa o grao de Moncófar en el siglo XIX. Autor: Juan E. Prades Bel.

-http://www.agroambient.gva.es/web/pesca        

-http://mayores.uji.es/blogs/antropvinaros/2012/01/23/el-mundomarinero-en-nuestra-costa/#more-389

-https://barcosmercantes.blogspot.com/2020/06/benicarlo-1883.html.

-https://barcosmercantes.blogspot.com/2020/06/peniscola-ano-1867.html

-https://antropologiabiocultural.blogspot.com/2020/06/peniscola-1920.html -

-https://antropologiabiocultural.blogspot.com/2020/06/benicarlo-1883.html

- Embarques de productos del país en la playa de Peñíscola, año 1867. Autor: Juan E. Prades.

-mcnbiografias.com/app-bio/do/show?key=navarro-reverter-juan

ARCHIVO FOTO-IMAGEN: 



lunes, 6 de enero de 2020

ACEITE DE OLIVA ESPAÑOL


GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, PUEBLOS, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE ESPAÑA:
 Por: JUAN EMILIO PRADES BEL.
LOS OLIVARES Y EL ACEITE DE OLIVA ESPAÑOL
INTRODUCCIÓN: España es el primer productor mundial de aceitunas y de aceite de oliva.
EXPOSICIÓN: El aceite de oliva es uno de los productos más representativos de la exportación agroalimentaria española. Así lo demuestran, a título de ejemplo, los siguientes datos (2011-2018):
- España es el primer país productor mundial de aceite de oliva, con una producción media anual de unas 700.000 a 800.000 toneladas, llegando a alcanzar 1.400.000 en recientes campañas. Con más de 300 millones de olivos cubriendo más de 2 millones de hectáreas, su superficie cultivada representa más del 25% de la superficie olivarera mundial.
- España es también el primer país exportador mundial, con una media anual en los últimos 10 años de unas 300.000 toneladas exportadas, alcanzando las 600.000 toneladas en algunas campañas.
-El Aceite de Oliva Español es exportado a más de 100 países en los 5 continentes, aunque sus principales mercados varían según se exporte a granel (exportaciones dirigidas fundamentalmente a países de la Unión Europea) o en envases inferiores a 5 litros, que se comercializan directamente a consumidores, restaurantes, establecimientos y las mejores tiendas gourmet de todo el mundo: Italia es el principal mercado del aceite de oliva español a granel, seguido de Francia, Portugal y Reino Unido. El aceite de oliva español envasado es exportado a Australia, EEUU, Brasil, Japón y Francia como principales destinos.
- España aún exporta un gran porcentaje de su aceite a granel. No obstante, las exportaciones de envasado han incrementado su relevancia de forma espectacular, habiéndose duplicado en los últimos 5 años y continuando su tendencia al alza.
El aceite de oliva español está sujeto a un estricto control de calidad. Los propios productores llevan a cabo análisis en sus propios laboratorios, y las autoridades españolas toman muestras de cada lote y las analizan para comprobar que todas se adapta a los requerimientos de calidad establecidos por la Unión Europea.
En España se cuentan más de 260 variedades de olivos que dan lugar tanto a aceites mono-varietales como a mezclas que permiten, al igual que en los grandes vinos, asociar las cualidades y sabores complementarios de distintas variedades.
La producción de aceite de oliva en España se distribuye a nivel regional de la siguiente forma: Andalucía (80 %); Castilla la Mancha (7%); Extremadura (5%); Cataluña (3,5%); Resto de España (4,5%).
DENOMINACIONES DE ORIGEN PROTEGIDAS (DOP) DEL ACEITE DE OLIVA ESPAÑOL (33):

ACEITE DE LA ALCARRIA (Castilla-La Mancha): Aceite de la Alcarria es una indicación geográfica con denominación de origen protegida para los aceites de oliva vírgenes extra producidos en la comarca española de la Alcarria, que, reuniendo las características definidas en su reglamento, hayan cumplido con todos los requisitos exigidos en el mismo. Están asociadas seis almazaras productoras que explotan olivares de 95 municipios de la provincia de Guadalajara y de 42 de la provincia de Cuenca. La elaboración de los aceites protegidos por la denominación de origen Aceite de la Alcarria se realiza con aceitunas procedentes exclusivamente de la variedad Castellana, también conocida como Verdeja.
ACEITE CAMPO DE MONTIEL (Castilla-La Mancha):
La zona de producción de los aceites de oliva amparados por la Denominación de Origen Aceite Campo de Montiel está constituida por terrenos ubicados en 26 municipios de la provincia de Ciudad Real, cubre casi toda la histórica comarca del Campo de Montiel y algunos más del sur de la provincia, La delimitación de la zona geográfica contenida en este pliego de condiciones comprende las localidades de Albaladejo, Alcubillas, Alhambra, Almedina, Carrizosa, Castellar de Santiago, Cózar, Fuenllana, Membrilla, Montiel, Puebla del Principe, San Carlos del Valle, Santa Cruz de los Cáñamos, La Solana, Terrinches, Torre de Juan Abad, Torrenueva, Villahermosa, Villamanrique, Villanueva de la Fuente y Villanueva de los Infantes. Las poblaciones no pertenecientes al Campo de Montiel incluidas en la denominación de origen son: Santa Cruz de Mudela, Valdepeñas, Almuradiel, Viso del Marqués y San Lorenzo de Calatrava.
ACEITE CAMPO DE CALATRAVA (Castilla-La Mancha):
La zona de producción de los aceites de oliva amparados por la Denominación de Origen Aceite Campo de Calatrava está constituida por la zona central de la provincia de Ciudad Real, que corresponde a los términos municipales de Aldea del Rey, Almagro, Argamasilla de Calatrava, Ballesteros de Calatrava, Bolaños de Calatrava, Calzada de Calatrava, Cañada de Calatrava, Carrión de Calatrava, Granátula de Calatrava, Miguelturra, Moral de Calatrava, Pozuelo de Calatrava, Torralba de Calatrava, Valenzuela de Calatrava, Villanueva de San Carlos Villar del Pozo y Ciudad Real.
La elaboración de los aceites protegidos por la Denominación de Origen Aceite Campo de Calatrava se realiza con aceitunas procedentes exclusivamente de las variedades Cornicabra y Picual.
ACEITE DE LA COMUNIDAD VALENCIANA (COMUNITAT VALENCIANA):
 La denominación de origen cuenta con ocho subzonas ordenadas de norte a sur:
Maestrat: Comprende municipios de las comarcas del Alto Maestrazgo, del Bajo Maestrazgo y la localidad de la Plana Alta de las Cuevas de Vinromá.
Plana Alta-Alcalaten: Comprende municipios de las comarcas de la Plana Alta y del Alcalatén.
Sierras de Espadán y Calderona: Comprende municipios de las comarcas del Alto Mijares, Alto Palancia, la Plana Baja, el Campo de Murviedro y el Campo de Turia.
Serranías del Turia-Ribera del Magro: Comprende municipios del Campo de Turia, la Hoya   Buñol, Los Serranos, la Ribera Alta, el Rincón de Ademuz y la localidad de Picasent perteneciente a la Huerta Sur.
Utiel-Requena-Valle de Ayora: Comprende municipios de las comarcas de Requena-Utiel y del Valle de Ayora
Macizo del Caroig-Vall de Albaida: comprende municipios de la Canal de Navarrés, de la Costera, el Valle de Albaida y la Safor.
Montaña de Alicante: Comprende municipios del Condado de Cocentaina, la Hoya de Alcoy, la Marina Alta, y la Marina Baja.
Vinalopó: Comprende municipios del Alto Vinalopó, el Medio Vinalopó, el Bajo Vinalopó, la Vega Baja, el Campo de Alicante y de la subcomarca de la Hoya de Castalla.
La denominación de origen protege el aceite producido con olivas diferentes variedades siendo muchas de ellas autóctonas de la Comunidad Valenciana. La lista de variedades permitidas es la siguiente:  Forna o Villalonga, Blanqueta, Farga, Serrana de Espadán, Morruda, Cornicabra, Alfafara, Grossal, Changlot Real, Rojal, Genovesa, Gileta, Manzanilla o Mançanell, Meña, Piñón o Menuda, Canetera o Nana, Arbequina, Empeltre Cuquillo o cuquello, Sollanenca, Callosina, Llumero o Llumeta, Millarenca, Borriolenca, Picual, Temprana de Montán.
ACEITE DE LA RIOJA.
ACEITE DE MADRID.
ACEITE DE MALLORCA:
Aceite de Mallorca es un aceite de oliva virgen extra con denominación de origen, elaborado en la isla de Mallorca, España, obtenido del fruto Olea europea L., de las variedades varietales Mallorquina, Empeltre, Arbequina y Picual.
ACEITE DE NAVARRA: La Denominación de Origen Protegida "Aceite de Navarra", denominada de forma abreviada D.O.P. Aceite de Navarra y comercialmente como Aceite de Oliva Virgen Extra de Navarra, es una Denominación de Origen Protegida que protege e identifica la producción de aceite de oliva en la Comunidad Foral de Navarra. Dicho aceite de oliva virgen extra se obtiene de la aceituna de vuelo de las siguientes variedades: Arróniz; que es la variedad autóctona, Empeltre y Arbequina. La extensión de la D.O.P. Aceite de Navarra abarca, además del territorio de Bardenas Reales, a todas las siguientes localidades navarras: Abaigar, Abárzuza, Aberin, Ablitas, Adiós, Aibar, Allín, Allo, Ancín, Andosilla, Añorbe, Aras, Los Arcos, Arellano, Arguedas, Armañanzas, Arróniz, Artajona, Artazu, Ayegui, Azagra, Azuelo, Barásoain, Barbarin, Bargota, Barillas, Beire, Belascoáin, Berbinzana, Biurrun-Olcoz, Buñuel, El Busto, Cabanillas, Cadreita, Caparroso, Cárcar, Carcastillo, Cascante, Cáseda, Castejón, Cintruénigo, Cirauqui, Corella, Cortes, Desojo, Dicastillo, Enériz, Eslava, Espronceda, Estella, Etayo, Ezprogui, Falces, Fitero, Fontellas, Funes, Fustiñana, Gallipienzo, Garinoain, Guesálaz, Guirguillano, Igúzquiza, Javier, Larraga, Lazagurría, Leache, Legarda, Legaria, Leoz, Lerga, Lerín, Lezáun, Liédena, Lodosa, Lumbier, Luquin, Mañeru, Marcilla, Mélida, Mendavia, Mendaza, Mendigorría, Metauten, Milagro, Mirafuentes, Miranda de Arga, Monteagudo, Morentin, Mues, Murchante, Murieta, Murillo El Cuende, Murillo El Fruto, Muruzábal, Názar, Obanos, Oco, Olejua, Olite, Olóriz, Orísoain, Oteiza, Peralta, Piedramillera, Pitillas, Puente La Reina, Pueyo, Ribaforada, Sada, San Adrián, San Martín de Unx, Sangüesa, Sansol, Santacara, Sartaguda, Sesma, Sorlada, Tafalla, Tiebas-Muruarte de Reta, Tirapu, Torralba del Rio, Torres del Río, Tudela, Tulebras, Ucar, Ujué, Unzué, Uterga, Valtierra, Viana, Villafranca, Villamayor de Monjardín, Villatuerta, Yerri, Yesa.
ACEITE DE TERRA ALTA/OLI DE TERRA ALTA:
D.O.P. "Oli de Terra alta", la zona de producción comprende la comarca de Terra Alta y algunos municipios de la comarca de Ribera d'Ebre, ambas situadas en el sudoeste de la Comunidad Autónoma de Cataluña. Dichos municipios son: - Comarca de Terra Alta: Arnes, Corbera d'Ebre, Pinell de Brai, Batea, Gandesa, Pobla de Massaluca, Bot, Horta de Sant Joan, Prat de Comte, Caseres, La Fatarella y Vilalba dels Arcs. - Comarca de Ribera d'Ebre: Ascó, Flix (todos los polígonos excepto los polígonos rurales nº 13, 18, 19, 20 y 21) y Ribaroja d'Ebre.  Aceite de oliva virgen extra DOP de la Terra Alta, se obtiene del fruto de Olea Europea L., de la variedad principal Empeltre o la mezcla de la variedad Empeltre y las variedades secundarias Arbequina, Morruda y Farga.
ACEITE DEL BAJO ARAGÓN:
El Aceite del Bajo Aragón es una Denominación de Origen sobre el aceite de oliva virgen extra de gran calidad en la comarca española del Bajo Aragón histórico, en Aragón. Dentro de Aragón abarca 77 municipios de diversas comarcas, tanto de la provincia de Teruel como de Zaragoza, en un territorio tradicionalmente conocido como Bajo Aragón. Esta zona tiene la mayor densidad (una media de 70 olivos/ha) y la única que posee denominación de origen en la comunidad.
Los municipios englobados en la Denominación de Origen son: Aguaviva, Alacón, Albalate del Arzobispo, Alborge, Alcañíz, Alcorisa, Alloza, Almochuel, Almonacid de la Cuba, Andorra, Arens de Lledó, Ariño, Azaila, Beceite, Belchite, Belmonte de San José, Berge, Bordón, Calaceite, Calanda, Cañizar del Olivar, Caspe, Castellote, Castelnou, Castelserás, La Cerollera, Chiprana, Cinco Olivas, La Codoñera, Cretas, Crivillén, Escatrón, Estercuel, Fabara, Fayón, Fórnoles, Foz-Calanda, La Fresneda, Fuentes de Ebro, Fuentespalda, Gargallo, La Gata, La Ginebrosa, Hijar, Jatiel, Letux, Lledó, Los Olmos, Maella, Mas de las Matas, La Mata de los Olmos, Mazaleón, Mequinenza, Molinos, Monroyo, Nonaspe, Oliete, Las Parras de Castellote, Peñarroya de Tastavins, La Portellada, La Puebla de Hijar, Quinto, Ráfales, Samper de Calanda, Sástago, Seno, Torre de Arcas, Torre del Compte, Torrecilla de Alcañíz, Torrevelilla, Urrea de Gaén, Valdealgorfa, Valderrobres, Valdetormo, Valjunquera, Vinaceite y la Zaida. El aceite de oliva Virgen Extra debe proceder de aceitunas de esta región. La oliva de tipo empeltre debe constituir un mínimo del 80% y las arbequina y royal no más de un 20%.
ACEITE DEL EMPORDÀ (Cataluña):
 Los municipios que componen la zona de la demarcación geográfica de la DOP Aceite del Ampurdán son dentro de las comarcas del Alto y del Bajo Ampurdán, así como algunos municipios limítrofes de las comarcas del Gironés (Viladasens, San Jordi Desvalls, Flassá, Madremaña y Llagostera) y el Pla de l'Estany (Crespiá, Esponellà y Vilademuls). La calidad y singularidad del aceite de la DOP Aceite del Ampurdán vienen avaladas por las variedades de oliva específicas de la zona: Argudell, Corivell y Verdal (ley de Cadaqués); y a finales del siglo XX se introdujo la variedad arbequina.
ACEITE MONTES DE ALCARAZ (Castilla-La Mancha):
ACEITE DE ANTEQUERA (Andalucía):
 La zona de producción de los aceites de oliva amparados por la Denominación de Origen "Antequera" está constituida por los terrenos ubicados en los términos municipales de Alameda, Almargen, Antequera, Archidona, Campillos, Cañete la Real, Cuevas Bajas, Cuevas de San Marcos, Fuente de Piedra, Humilladero, Mollina, Sierra de Yeguas, Teba, Villanueva de Algaidas, Villanueva del Rosario, Villanueva de Tapia y Villanueva del Trabuco, de la provincia de Málaga, y Palenciana, de la provincia de Córdoba, España. La elaboración de los aceites protegidos por la Denominación de Origen "Antequera" se realiza con aceitunas procedentes de las variedades Hojiblanca, Picual o Marteño, Arbequina, Lechín de Sevilla o Zorzaleño, Picudo, Gordal de Archidona, Verdial de Vélez-Málaga y Verdial de Huévar. De estas variedades de aceituna se considera como principal la Hojiblanca.
ACEITE BAIX EBRE-MONTSIÁ (Cataluña):
ACEITE DE BAENA (Andalucía):   
La zona geográfica que comprende la Denominación de Origen “Baena” está constituida por los terrenos ubicados en los términos municipales de Baena, Cabra, Doña Mencía, Luque, Nueva Carteya y Zuheros, todos de la provincia de Córdoba. Para la elaboración de los aceites protegidos por la Denominación de Origen Baena se emplean exclusivamente las siguientes variedades de aceituna: Picuda (conocida también por Carrasqueña de Córdoba), Lechín, Chorrúo o Jardúo, Pajarero, Hojiblanco y Picual (denominada asimismo Marteña o Lopereña).
CAMPIÑAS DE JAÉN (Andalucía): Las variedades de aceituna aptas para la elaboración de aceites protegidos por la Denominación de Origen Campiñas de Jaén son picual y arbequina.
ACEITE DE ESTEPA (Andalucía): La Denominación de Origen Protegida Estepa (DOP Estepa) ampara los aceites de oliva virgen extra producidos en 13 localidades enmarcadas en la Comarca de Estepa (Sevilla) y Puente Genil (Córdoba). Fue reconocida oficialmente por la Junta de Andalucía el 24 de septiembre de 2004 y por la Comisión Europea en octubre de 2010. Este reconocimiento avala que los aceites vírgenes extra del territorio cuentan con una historia milenaria, tradición y calidad que los convierte en un producto único, marcados con una etiqueta de la DO Estepa en la parte trasera de las botellas de aceite de oliva. El territorio amparado bajo la DOP Estepa está formado por: Aguadulce, Badolatosa, Casariche, Corcoya, El Rubio, Estepa, Gilena, Herrera, La Roda de Andalucía, Lora de Estepa, Marinaleda, Pedrera y Puente Genil. Estos municipios forman unas 40 mil hectáreas de olivar que acogen a unos 7,5 millones de olivos. Más de 5.000 familias olivareras, 19 cooperativas de primer grado, y 2 envasadoras comercializadoras, Oleoestepa y Puricón se encuentran implicados en todo el proceso de elaboración del aceite de la Denominación de Origen Protegida Estepa (DOP Estepa).  En el territorio amparado por la DOP Estepa predominan unos tipos de aceituna en concreto, en mayor porcentaje podemos encontrar aceituna hojiblanca (76%), arbequina (9%), picual (7%), manzanilla (7%) y lechín (1%). De estas aceitunas proceden los aceites de la DOP Estepa, la cual cuenta con el mayor número de tipos de aceites reconocidos: Hojiblanco, Arbequino, Coupage Hojiblanco-Arbequino y Coupage Multivarietal.
ACEITE DE GATA-HURDES (Extremadura): La zona protegida por la D.O.P. Gata-Hurdes son las comarcas de Gata, Hurdes, Trasierra - Tierras de Granadilla, Ambroz, Jerte, la Vera y parte del Alagón, todas ellas en la provincia de Cáceres, España.
La elaboración de los aceites protegidos por la Denominación de Origen Gata-Hurdes se realiza con aceitunas procedentes exclusivamente de la varieda Manzanilla cacereña.
ACEITE DE LES GARRIGUES (Cataluña): La zona de producción de los aceites de oliva amparados por la Denominación de Origen Les Garrigues está constituida por la comarca de Las Garrigas, en Cataluña, España. La elaboración de los aceites protegidos por la Denominación de Origen Les Garrigues se realiza con aceitunas procedentes exclusivamente de la varieda Arbequina.
MONTES DE TOLEDO (Castilla-La Mancha): La zona de producción de los aceites de oliva amparados por la Denominación de Origen Montes de Toledo está constituida por la zona sudoeste de la provincia de Toledo y la zona noroeste de la provincia de Ciudad Real, abarcando 103 municipios, donde se sitúan los Montes de Toledo. La elaboración de los aceites protegidos por la Denominación de Origen Montes de Toledo se realiza con aceitunas procedentes exclusivamente de la variedad Cornicabra.
ACEITE DE LUCENA (Andalucía):
 La zona geográfica que comprende la Denominación de Origen «Lucena» está situada en el sur de la provincia de Córdoba y comprende 10 municipios, que son: Aguilar de la Frontera, Benamejí, Encinas Reales, Iznájar, Lucena, Montilla, Moriles, Monturque, Puente Genil (la margen derecha del término municipal, limítrofe con la zona conocida como Miragenil) y Rute. La zona de elaboración y envasado coincide con la de producción. Esta zona abarca una superficie total de 126.747 ha, de las cuales 72.438,44 ha, se dedican al cultivo del olivar. Prácticamente todos los municipios dedican más del 40% de su superficie al cultivo del olivo. El aceite protegido con esta denominación de origen es obtenido del fruto «de vuelo» de los olivos (Olea Europea) de la variedad Hojiblanca como variedad principal también conocida como Lucentina (superior al 90%) y de otras variedades secundarias aceptadas (Arbequina, Picual, Lechín, Tempranilla, Ocal, Campanil y Chorruo).
MONTERRUBIO (Extremadura): La zona de producción de los aceites de oliva amparados por la Denominación de Origen Monterrubio está constituida por terrenos ubicados en dieciséis términos municipales de las comarcas de La Serena, La Siberia y Campiña Sur de la provincia de Badajoz. La zona de elaboración y envasado coincide con la de producción. La elaboración de los aceites protegidos por la Denominación de Origen Monterrubio se realiza con aceitunas procedentes de las variedades Mollar, Corniche, Pico limón, Morilla, Cornicabra, Cornezuelo y Picual, siendo estas dos últimas las variedades principales.
MONTES DE GRANADA (Andalucía):
 Montes de Granada es una denominación de origen protegida (DOP) para el aceite de oliva virgen extra que cumpla con los requisitos establecidos por su consejo regulador. Los Montes es una zona olivarera tradicional de la provincia de Granada, es la comarca natural situada sobre la subbética granadina, delimitada al norte con las provincias de Jaén y Córdoba, y al sur con la Vega de Granada. Dentro de la zona coexisten varios tipos de aceite de oliva virgen extra:
Picual o Marteña: variedad principal que representa el 80% de la producción de aceite. Presenta gran actitud agronómica y es tolerante a los fríos inviernos. Presenta un ligero sabor amargo. Es de destacar que efectivamente los componentes responsables de su amargura son también causantes de un mayor poder antioxidante y de la gran estabilidad frente a la oxidación que presentan los aceites de oliva vírgenes de variedad Picual. La variedad Picual es la más rica en ácido oleico (80%), sustancia que ejerce una acción beneficiosa en los vasos sanguíneos reduciendo el riesgo de sufrir enfermedades cardiovasculares y hepáticas.
Lucio y Loaime: variedades principales autóctonas de Granada que representan el 15% de la producción, las dos son muy resistentes a la sequía y a las heladas invernales.
Negrillo de Iznalloz, Escarabajuelo, Gordal de Granada y Hojiblanca: Variedades secundarias que representan el 5% de la producción.
MONTORO-ADAMUZ (Andalucía): La zona comprende los siguientes municipios de la provincia de Córdoba: Montoro, Adamuz, Espiel, Hornachuelos, Obejo, Villaharta, Villanueva del Rey y Villaviciosa de Córdoba, que constituyen la comarca agraria de La Sierra. La zona limita por el Sur con el río Guadalquivir, al Norte con la meseta norte de la Provincia de Córdoba, y al Este y Oeste con Jaén y Sevilla respectivamente.
El porcentaje de superficie correspondiente a olivar, de la superficie cultivada en la zona geográfica amparada bajo la Denominación de Origen Protegida «Montoro-Adamuz», es de un 51,43%. La zona de elaboración y envasado coincide con la de producción. La elaboración de los aceites protegidos procede del fruto del olivo (Olea europaea) de las variedades siguientes: Picual (Nevadillo Blanco), Nevadillo Negro, Lechín, Picudo y Carrasqueño, considerando como variedades principales Picual (Nevadillo Blanco) y Nevadillo Negro
PONIENTE DE GRANADA (Andalucía):
La zona geográfica que comprende la Denominación de Origen Poniente de Granada está constituida por los terrenos ubicados en los términos municipales de Algarinejo, Alhama de Granada, Arenas del Rey, Cacín, Huétor-Tájar, Íllora, Jayena, Loja, Montefrío, Moraleda de Zafayona, Salar, Santa Cruz del Comercio, Villanueva de Mesía, Zafarraya, Zagra, y del término de Moclín la zona Occidental comprendida hasta el límite natural definido por el río Velillos, de la provincia de Granada. Para la elaboración de los aceites protegidos por la Denominación de Origen Poniente de Granada se emplean exclusivamente las siguientes variedades de aceituna: Hojiblanca, Picual (denominada también Marteña), Picudo, Lucio o Illoreño, Nevadillo de Alhama de Granada y Loaime. Se consideran autóctonas las siguientes variedades: Lucio o Illoreño, Nevadillo de Alhama de Granada y Loaime.
ACEITE DE PRIEGO DE CÓRDOBA (Andalucía):
La zona geográfica amparada bajo la Denominación de Origen Priego de Córdoba comprende más de 29.500 hectáreas y abarca los municipios de Almedinilla, Carcabuey, Fuente Tójar y Priego de Córdoba, situados en el sudoeste de la provincia de Córdoba, en pleno Parque Natural de la Sierras Subbéticas. Para la elaboración de los aceites protegidos por la Denominación de Origen Priego de Córdoba se emplean exclusivamente las variedades Picuda (60%), Hojiblanca (20%) y Picual (20%).
SIERRA DE CÁDIZ (Andalucía): 
 La zona geográfica que comprende la Denominación de Origen Sierra de Cádiz está constituida por los terrenos ubicados en los términos municipales de Olvera, Setenil de las Bodegas, Alcalá del Valle, Torre Alháquime, Algodonales, El Gastor, Zahara de la Sierra, de la provincia de Cádiz, y Coripe y Pruna, de la provincia de Sevilla. Para la elaboración de los aceites protegidos por la Denominación de Origen Sierra de Cádiz se emplean exclusivamente las siguientes variedades de aceituna: Lechín de Sevilla, Manzanilla, Verdial de Huévar, Verdial de Cádiz, Hojiblanca, Picual, Alameña de Montilla y Arbequina. De estas variedades de aceituna se considera principal la Lechín, por ser la más representativa de las características específicas del aceite de la Denominación de Origen y la que aporta con su participación muchas de sus cualidades diferenciales.
SIERRA DE CAZORLA (Andalucía):
La zona geográfica que comprende la Denominación de Origen «Sierra de Cazorla» está constituida por los terrenos ubicados en los términos municipales de Cazorla, Chilluévar, Hinojares, Huesa, La Iruela, Peal de Becerro, Pozo Alcón, Quesada y Santo Tomé, de la provincia de Jaén. Dan una producción media de 38.000 toneladas de aceite de oliva anuales. Para la elaboración de los aceites protegidos por la Denominación de Origen «Sierra de Cazorla» se emplean exclusivamente las siguientes variedades de aceituna: Picual, Royal o mezcla de ambas. De estas variedades de aceituna se considera como principal la Picual.
SIERRA MÁGINA (Andalucía):
La Denominación de Origen «Sierra Mágina» la conforman 60.000 hectáreas de olivar situadas en quince municipios de la comarca de Sierra Mágina, cultivadas por 13.000 olivareros y con una producción media de aceite de oliva de 32.000 toneladas anuales.​ La zona geográfica que comprende la Denominación de Origen «Sierra Mágina» está constituida por los terrenos ubicados en los términos municipales​ de Albánchez de Mágina, Bedmar y Garcíez, Bélmez de la Moraleda, Cabra del Santo Cristo, Cambil, Cárcheles, Campillo de Arenas, La Guardia de Huelma y Solera, Jimena, Jódar, Larva, Mancha Real, Pegalajar y Torres, de la provincia de Jaén. Para la elaboración de los aceites protegidos por la Denominación de Origen «Sierra Mágina» se emplean exclusivamente las siguientes variedades de aceituna: Picual y Manzanillo de Jaén. De estas variedades de aceituna se considera como principal o predominante la Picual, y como variedad secundaria autorizada por la Denominación, la Manzanillo.
SIERRA DEL MONCAYO (Aragón):
Sierra del Moncayo es una Denominación de Origen de aceite de oliva virgen extra de reciente creación comprendida en las comarcas de Tarazona y el Moncayo y Campo de Borja, al oeste de la provincia de Zaragoza (Aragón). Con más de 2.500 hectáreas de olivos y un total de 35 municipios la producción media anual asciende a más de 4,0 millones de kilos de aceituna. La sede del Consejo Regulador está situada en Magallón y controla la producción de unos 2.500 pequeños olivicultores de la zona. Las dos variedades principales son la Empeltre y la Arbequina. También tienen una presencia minoritaria las variedades Negral, Royal y Verdial.
SIERRA DE SEGURA (Andalucía): La zona geográfica que comprende la Denominación de Origen «Sierra de Segura» está constituida por los terrenos ubicados en los términos municipales de Beas de Segura, Benatae, Chiclana de Segura, Génave, Hornos de Segura, Orcera, La Puerta de Segura, Puente de Génave, Segura de la Sierra, Santiago-Pontones, Siles, Torres de Albanchez y Villarrodrigo, de la provincia de Jaén. Para la elaboración de los aceites protegidos por la Denominación de Origen «Sierra de Segura» se emplean exclusivamente las siguientes variedades de aceituna: Picual, Verdala, Royal y Manzanillo de Jaén. De estas variedades de aceituna se considera como principal la Picual.
JAÉN SIERRA SUR (Andalucía): La zona geográfica que comprende la Denominación de Origen Jaén Sierra Sur está constituida por los terrenos ubicados en los términos municipales de Alcalá la Real, Alcaudete, Castillo de Locubín, Frailes, Fuensanta de Martos, Valdepeñas de Jaén y Los Villares, de la provincia de Jaén. Este Aceite de oliva virgen extra es conseguido a partir de las aceitunas del olivo (Olea europea L) de variedades Picual, Picudo, Carrasqueño de Alcaudete, Hojiblanca y Lechín.
SIURANA (Cataluña): La zona de producción de los aceites de oliva amparados por la Denominación de Origen Siurana está constituida por varios municipios de la provincia de Tarragona, en Cataluña. La DOP Siurana abarca las comarcas del Priorat, Ribera d'Ebre, Baix Camp, Tarragonès, Alt Camp, Conca de Barberà y el Baix Penedès. La elaboración de los aceites protegidos por la Denominación de Origen Siurana se realiza con aceitunas procedentes exclusivamente de las variedades Arbequina, Royal y Morrut.
FUENTES Y BIBLIOGRAFIA:
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- Noelia Lavara (2000). Guía de los aceites de oliva virgen extra de España. Mercacei. ISBN 8493158801.
Jesús Ávila Granados (2000). Enciclopedia del Aceite de Oliva (1ª edición). Barcelona: Planeta. ISBN 8408035428
Imágenes: ©2019juanemiliopradesbel








lunes, 9 de diciembre de 2019

MANANTIAL DE LA TIMBA, ALCALÀ DE XIVERT


GENTES, COSTUMBRES, TRADICIONES, HISTORIAS, PUEBLOS, PATRIMONIOS Y PAISAJES DE TIERRAS CASTELLONENSES:
Por JUAN EMILIO PRADES BEL
MANANTIAL DE LA TIMBA, RÍO CUEVAS O SAN MIGUEL, ALCALÀ DE XIVERT
ESCRIBE: JUAN EMILIO PRADES BEL
INTRODUCCIÓN: La timba es el nombre que recibe un manantial perenne, por donde afloran aguas subterráneas visibles sobre el mismo lecho del río Cuevas o río Segarra o San Miguel, se localiza el manantial a la altura de la ermita de San Miguel Arcángel, estando a menos de 400 metros de distancia de dicha capilla, la cual  bendice y rebautiza este tramo del cauce a su paso como río San Miguel y le presta su nombre desde este su lugar de encuentro, y desde “El Estret del Riu” donde entra el río en el término de Alcalà , hasta su feliz encuentro con el mar Mediterráneo en el delta de Capicorp, en un recorrido de unos nueve kilómetros.
EXPOSICIÓN: El manantial  se encuentra en un extremo del cauce del río, pegado junto a la ribera izquierda del río y por debajo del talud de conglomerados fosilizados durante la era Cenozoica que registra  erosión y regresión por el impacto de las aguas torrenciales golpeando en el meandro que se forma en este margen izquierdo de la rambla, la fuente es una salida natural de aguas subterráneas brotando directamente y libremente desde el lecho del río, el manantial se contempla en las siguientes coordenadas: WGS84 Latitud 40º 16' 12´73” N y Longitud 0º 11' 46´55” E.
    Hasta la implantación de los cultivos de cítricos en estas latitudes, este manantial durante todo el siglo XX, siempre aportaba y vertía un caudal ecológico al río para beneficio de la fauna silvestre y  fue siempre un referente seguro como abrevadero de los ganados y rebaños de la zona (pastores: Amador Prades Domenech, Paco Año, Manolo Loriente, Vicente Loriente, Juan Tomás García, Antonio García, ...), y siempre corrían aguas sobrantes río abajo , la proliferación de sondeos y prospecciones con la consiguiente perforación de pozos en las tierras de los alrededores en busca de minas de agua y pozos artesianos para consumo de las grandes plantaciones de cítricos, esta actividad junto a la progresiva sequía ha hecho mermar y disminuir el nivel freático de este acuífero subterráneo, bajando el nivel de este manantial más de un metro comparado con la década de los años setenta del pasado siglo XX, en que no existían los cítricos. La profundidad a la que se encuentra el nivel freático varía de acuerdo con la pluviosidad y otros factores, entre ellos el volumen de agua extraído por los hombres, en la actualidad el manantial se encuentra oculto, su nivel freático se encuentra por debajo del suelo de la rambla -1,30 m., por lo que para que afloren las aguas para un bien faunístico, hace necesario para su beneficio hacer un canal o acequia o una rasa con retro-excavadora levantando el lecho de cantos rodados del río, rebajando el nivel del suelo para que aflore y se estanque el agua naciente.
   La zona en que se halla el manantial es una zona de riguroso secano, por lo tanto, este manantial era de vital importancia biológica para residir y habitar la zona, tanto para animales salvajes como para las personas.
   Históricamente el manantial de la Timba fue el hito catapultador, y motivo decisivo para el asentamiento humano permanente y la confluencia de viales itinerantes históricos en esta zona ya existentes en la época ibérica, romana, islámica, andalusí, cristiana, morisca, moderna y contemporánea.
  La presencia humana en la zona es visible desde la Edad del Hierro, con un paso y el encuentro en las inmediaciones de dos viales o caminos romanos con presencia de tres fragmentos de ánfora romana itálica junto con cerámica ibérica, en época islámica el asentamiento de población es masificado por toda la zona con la proliferación de alquerías aisladas que ocupaban laderas y baldíos dedicándose sus habitantes a la agricultura y ganadería, en esta época fue construido el castillo de Tauranza, mezquita, norias, caminos, alquerías, aljubs, pozos, bancales, aterrazamientos, corrales, casas, y perviven los dos antiguos viales existentes desde la época romana.
   El documento oficial más importante para dilucidar la vida emergida que giraba al alrededor de las posibilidades de habitad que ofrecían las aguas freáticas del manantial de la Timba y en donde se citan expresamente el uso de las aguas es en la Carta Puebla de los asentamientos Castellnou y Almedixer que se firmó un 18 de febrero del año 1262 en que la Milicia del Temple conceden a Bartomeu Amorós para que repoblase dicho lugar, los vasallos que inicialmente estaban comprometidos fueron veinte seis súbditos pobladores con sus familias, que labraron, conrearon y mimaron estas tierras.
 “Sin duda un lugar, una tierra y un manantial con tintes mitológicos y matices épicos”.
Juan Emilio Prades Bel, en Torreblanca a 26 de julio de 2011
Festividad de Santa Ana y San Joaquín.
BIBLIOGRAFIA:
Juan E.Prades Bel: “El manantial de la Timba”. Publicación Tossal Gros nº138, página 57-58, 2011.

domingo, 10 de noviembre de 2019

SALINES MEDIEVALS


VESTIGIS DE SALINES MEDIEVALS A TORREBLANCA, EL COMERÇ DE LA SAL A L’ENTORN DEL TERRITORI MEDIEVAL DE XIVERT I ALBALAT.
JUAN EMILIO PRADES BEL
RESUM: Aquest treball de divulgació, pretén posar en valor d'estudi una antiga i oblidada zona salinera per a l'extracció i l'obtenció de sal marina, es tracta de les salines de Torreblanca que varen ocupar una gran extensió de terres al llarg d'una franja litoral continental que afectà unes 20/ 25 hectàrees de terreny, un indret on els pobladors del lloc en l'època medieval islàmica varen excavar i rebaixar el sòl fins al nivell de mar. L'extracció de sal i el seu comerç ajuden a fer-ne un plantejament sobre l'ocupació rural al voltant de les salines, i les connotacions històriques, culturals i patrimonials dels pobladors que ocuparen estes terres a l'època alt medieval.
RESUMEN: Este trabajo de divulgación, pretende poner en valor de estudio una antigua y olvidada zona salinera de época medieval, que sirvió para la extracción y la obtención de sal marina, se trata de las salinas de Torreblanca que ocuparon una gran extensión de terreno a lo largo de la franja litoral continental que afectó a unas 20/25 hectáreas de terreno, un lugar donde los pobladores medievales del lugar de la época islámica excavaron y rebajaron el suelo hasta el nivel de mar. La extracción de sal y su comercio, son las bases que ayudaran a hacer un planteamiento de estudio sobre la ocupación rural, la economía, y las connotaciones históricas, culturales y patrimoniales de los pobladores que ocuparon estas tierras alrededor de las salinas en época medieval.
ABSTRACT: This work outreach, seeks to value study an ancient and forgotten medieval salt area, which was used for the extraction and production of sea salt is the salt of Torreblanca which occupied a large area to along the continental coastline that affected about 20/25 acres of land, a place where medieval inhabitants of the place of the Islamic period excavated and lowered the floor to sea level. Salt extraction and trade, are the bases to help you make an approach to the study of rural employment, the economy, and the historical, cultural and economic connotations of the people who occupied these lands near Salinas in medieval times.
EXPOSICIÓ:
L'orografia litoral continental de Torreblanca (Castelló, comarca Plana Baixa, Comunitat Valenciana) es caracteritza per tenir una costa baixa, amb zones fàcilment inundables amb nivells de sòl o per baix o a nivell del mar, que s'estenen al llarg del litoral continental torreblanquí, llocs on antany van existir i encara existeixen llacunes costaneres i zones fàcilment inundables. En aquest medi costaner de litoral baix, en la zona nord de la costa de Torreblanca / Torrenostra, que s'estén fins a Capicorb (al terme d'Alcalà de Xivert), fa aproximadament uns mil anys, en l'alta edat mitjana es va iniciar una activitat econòmica molt lucrativa i necessària en l'època, es tractava del comerç de la sal, amb la construcció en aquest medi de salines (canals, eres, parcel-les) per a la producció i elaboració de sal marina. La lectura que es desprèn de la interpretació del medi físic que envolta el lloc, és que ens trobem amb un territori amb activitats econòmiques enquadrades en l'edat mitjana, sent testimonis de l'evidència del que va poder haver estat una important zona salinera, avui dia es mostra com un dipòsit natural on va haver-hi estanys, eres, parcel-les per a l'evaporació de l'aigua del mar. La zona de vestigis de sòl que probablement albergaven les salines es troben a la zona nord de Torrenostra, es tracta d'una zona delimitada i anomenada amb els topònims Clot d'en Tomàs / Prat d'en Bel, es tracta d'un terreny ubicat al costat del litoral i paral·lel a la mar amb una orientació nord-est / sud-oest, amb una extensió d'aproximadament uns 1000 metres de llarg i unes 20/25 hectàrees de terreny afectat, que tenen els següents límits confrontants, a l'est limita amb la “Cañada del Mar”, un camí ramader històric i mil-lenàri costaner, que circula en paral·lel a la costa mar Mediterrani, està via ramadera discorre pel Serradal amb una amplada de 45 metres a partir de la vora de la mar, avui dia el camí antic que va existir a trams, està desaparegut per l'acció marina, a l'oest limita amb el camí del Campàs i al camí l'Atall de Torrenostra a Capicorb, al sud aquesta acotada per la fàbrica del peix una construcció de mitat del segle XX, i al nord-est limita amb la finca agrícola de El Campàs, en total l'àrea d’exploració ocupa aproximadament unes 25 hectàrees de terreny que es van haver de transformar per poder habilitar i desenvolupar l'activitat salinera, el subsòl i base d'esta àrea és rocós format per un subsòl de roques de conglomerat de sediments quaternaris dipositat per vies fluvials fa aproximadament un 1.000.000 d'anys, estes roques a la part central de l'àrea central de la zona salinera afloren a la superfície, per construir les salines es van haver de rebaixar el nivell de sòl, per a poder cobrir les parcel-les d'aigua de mar , les terres i pedres que es van excavar i extraure es van traslladar i acumular a la part central del Clot d'en Tomàs-Prat d'en Bel, ubicant-les en el lloc on més afloraven i emergien les roques , aquesta terra va servir en el seu nou lloc per elevar el terreny i crear nova terra de conreu que ocupava la part central de l'àrea entre les salines i que encara existeix. Aquestes salines arcaiques es van explotar en època islàmica, els vestigis d'hàbitats dispers d'aquesta cultura envolten les salines, com s'ha pogut apreciar amb les grans remocions de terres al llarg de tot el segle XX, amb aixecament i l'anivellament de les terres i bancals per irrigar-los, en uns 60 anys s'ha aixecat, remogut i anivellat tot el subsòl gradient pla del terme de Torreblanca quan passa de ser una zona de secà a ser zona d'irrigació i regadiu per la perforació de múltiples pous artesians, una transformació del secà a regadiu que va transformar les terres i va alterar el paisatge cultural arcaic. Cal esmentar l'existència d'un gran cementiri islàmic que va aparéixer en la transformació mecànica a mitjan segle XX en la part baixa de la finca del Mas del Vaporet, que dóna evidència de la importància de la zona com a hàbitat en època islàmica. El límit més septentrional de les salines es trobaven al costat del límit sud de la finca agrària del Campàs, aquest marge estava delimitat fins fa uns 20 anys per una alineació de palmeres datileres plantades en els marges de la nobiliària finca, aquesta alineació va ser un últim reducte i el lloc d'extinció del que va ser un antic cultiu a l'època medieval de la finca del Campàs, en què va existir antany un extens palmerar que va existir al costat del mar a la costa de Torreblanca. Els terrenys de les salines amb un sòl de terra format per dipòsits amb escassa permeabilitat compost de partícules de argiles, margues i llims, es van llaurar i anivellar en els anys 60 del segle XX, per plantar arròs, però no va ser un terreny apte per l'altíssima salinitat que contenia el terreny pel qual es va abandonar el projecte. Amb el cultiu i l'anivellació del terreny per a l'agricultura es van esborrar els vestigis dels marges de les eres i les parcel-les salineres. En la dècada de finals dels anys seixanta i principis del setanta l'exèrcit de terra va fer maniobres militars en aquest lloc durant uns anys, arribaven les companyies per ferrocarril a l'estació de Torreblanca, i baixaven a la costa a muntar els campaments, feien pràctiques de tir d'armes lleugeres i artilleria, l'exèrcit va habilitar la zona anomenada la trinxera per acampar, terraplenant per a tal fi un quadró del terreny saliner inundable d'unes dues hectàrees que van alçar més d'un metre, terraplenat el terreny amb graves i còdols del Serradal confrontant. A les salines han proliferat com a vegetació autòctona el canyís i les salicòrnies (salobreres) que han servit de pastura durant segles per al bestiar oví i boví. CONCLUSIONS:
La finalitat de l'elaboració de la sal, i la destinació de la producció al comerç, seria fonamentalment per al proveïment de sal als ramats de bestià, per a la salaó de peix i per al consum humà. L'economia salinera d'este indret, va poder ser un element substancial per a l'organització d'este territori medieval d'Albalat, Torreblanca, Xivert, Alcalà i Capicorb. Hi a la possibilitat d'establir certes relacions entre l'explotació salinera, i una de les activitats econòmiques més important en l'època medieval com va ser la ramaderia.
ADDENDA:
- (Jaume I, ordena als homes dels termes de Morella, Culla, Cervera, Coves de Vinromà, Albalat i Benifassà, no compren sal que no siga de Peníscola).
Fuente: J. Sánchez Adell (1975): "Notas para la historia de la sal en la Edad Media". Millars, II. Castelló (1975), pp. 29-45. Revisada la transcripció en 1999 a partir del manuscrit de referencia.
Arxiu de la Corona d'Aragó. Barcelona. Cancelleria reial. Pergamí nº 1754 de Jaume I. Còpia autoritzada de 1304. Año1263, agost 24. València
Texte original: “Hoc est translatum bene et fideliter factum idus ianuarii anno Domini millesimo trescentesimo tercio, sumptum a quadam litera papirea illustrissimi domini Jacobi, felicis recordacionis regis Aragonum, sigillata sigillo suo minori cereo fixo in dorso, tenor cuius litere dignoscitur esse talis:
Jacobus Dei gracia rex Aragonum, Maioricarum et Valencie, comes Barchinone et Urgelli et dominus Montispesulani.
Fidelibus suis universis hominibus de Morella et terminorum suorum, de Culla et terminis suis, de Cervaria et terminis suis, et hominibus de Coves et terminis suis, de Exivert et terminis suis, et hominibus Albalat, et termini fratrum de Benifazano; salutem et graciam.
Mandamus vobis firmiter, quatenus omnes vos superius nominati, utamini de sale Paniscole et accipiatis de eodem et non aliquo alio sale.
Et hoc non mutetis aliqua racione.
Scientes quod si aliquis vestrum usus fuerit alio sale, nisi de sale Paniscole supradicto, unicumque inventus fuerit utente alio sale, amitat bestiam et omnia que secum apportabit sine aliquo remedio.
Datum Barchinone IX kalendas septembris anno Domini millesimo ducentesimo sexagessimo tercio.
Sig+num Petro Ferrarii, notarii publici Valencie, testis.
Sig+num Mathei Calonge, notarii publici Valencie, testis.
Sig+num Guillermi de Verneto, notarii publici Valencie, qui hec fecit fideliter translatari die et anno in prima linea contentis”.

CARTA PUEBLA DE CABANES:
- (Año 1243, juny 19. Ponç de Torrelles, bisbe de Tortosa, atorga la carta pobla de Cabanes).
Fuente: Enric Guinot Rodríguez (1991): “Les cartes de poblament medievals valencianes”.
Edició d'Enric Guinot Rodríguez. València 1991, pp. 170-173.:
Texte original: “Notum sit cunctis quod nos, Poncius, Dei gratia dertusensis episcopus, et nos Guillelmus, prior eiusdem loci, assensu et voluntate totius capituli nostri, damus et concedimus vobis Johani de Na Rama, Allegre, P. Ferrario, A. Cathalano, Aquiloni de Cabacerio et Bartholomeo de Alcurisia, et omnibus aliis populatoribus presentibus ac futuris, villam de Cabanis cum suis terminis et affrontationibus universis, sicut includitur ab oriente in serra sub Quexa, que dividit cum Albalato; a merydie in visu Mirabeti et in serra que dividit cum Suffera et Rixser, usque in visu de Burriol, de serra in usque ad podium de Gaydones, et de podio de Gaidones usque ad archum sicut dividit cum Villafamez, de archu usque ad mesquitam que dividit terminos de Cabanis et de Benifaxo; a circio in capite honoris Petri Alegre, et sicut terminus dividit ad baranchum de Subarra, [et de barrancho de Subarra] usque ad serram de Quexa, que dividitur cum Albalato.
Sicut dividunt istis terminis et affrontationibus includuntur, damus vobis et vestris in perpetuum per nos et omnes nostros successores dictam villam, cum omnibus terris, lignis, arboribus, aquis, pascuis, ad omnes usus vestros, cum suis pertinentiis et universis ad bene populandum, excolendum et laborandum.
Ita quod in eadem villa instituatis octuaginta populatores qui in ipsa villa hereditatem et suas habeant mansiones continuam residentiam facientes.
Ibidem, infra autem predictos terminos ville de Cabanis supradicte, nostram nobis dominicaturam retinemus.
Damus etiam vobis et vestris in perpetuum vallem de Rixer, in qua vestros ortos construatis. Set in eadem villa retinemus nobis molendina et duos ortos, quorum ortorum unusquisque in se contineat unam fanechatam seminature.
Retinemus etiam nobis et successoribus nostris decimam et primiciam panis, scilicet vini et olei et ortaliciis, et de omnibus aliis fructibus quos terra producit.
Et decimam et primiciam similiter de omnibus animalibus in hunc modum, quod pro vitulo, pullino, eque vel asine, detis nobis pro unoquoque VI denarios iachcenses, et de omnibus autem capris et porcis detis nobis decimam et primiciam fideliter et integre, et de pullis vero et anseribus, si populator unum habuerit vel centum, aut amplius, det nobis pro decima unum quilibet populator.
Item, pro locido retinemus nobis quod unaquaque hereditas populatoris det nobis mediam fanecham tritici et mediam fanecham ordei, liceatque vobis ferrarium vestrum vel ferrarios habere quos volueritis. Si vero ferrarius fuerit indecens vel mali operator, et vos a nobis moniti dictum ferrarium corrigere volueritis, nos ipsum expellere possimus et vos alium inducatis, qui operam faciat populatoribus competenter. Quicumque autem ferrarius aut ferrarii inductus vel inducti fuerint, teneantur opera facere episcopo et priori, que necessaria fuerint laboratoribus nostrarum dominicaturarum, sine omni missione nostra vel expensa, et de locido vero absolvimus omnes populatores ab hoc presenti festo sancti Johannis usque ad duos annos, et ex tunc ab omnibus dictum locidum habeamus.
Item, retinemus nobis quod unusquisque venator predicte ville de Cabanis teneatur nobis dare, si venationem exercerint semel in anno, et in Natale Domini, duo paria cuniculorum.
Item, retinemus nobis omnes furnos et molendina que in termino dicte ville de Cabanis, et in valle de Rixer edificari poterunt; itaquod nos teneamur vobis coquere panem pro vicesimo quinto pane; teneamur vobis bladum molere pro sexta decima mensura.
Si quidem, retinemus nobis et successoribus nostris iusticias et stachamenta atque firmamenta.
Predicta autem omnia damus vobis et successoribus vestris, ad bonas consuetudines civitatis Illerde.
Si vero causa sive placitum fuerit inter vos omnes, et vos vel aliquem de universitate vestra, teneamini sub nostro iudice respondere, qui vobis non possit nec debeat esse suspectus, et si ab illo volueritis appellare liceat vobis.
Ita tamen, quod coram alio iudice a nobis constituto, qui suspectus haberi non possit causam appellationis prosequamini sub eodem.
Et si causa sive placitum inter nos et vos fuerit, liceat vobis semel appellare a baiulo sive iudice nostro, qui ibi pro nobis fuerit institutus ad convicinos vestros.
Et si aliam appellationem facere volueritis ad nos, faciatis eandem.
Idem retinemus nobis exercitum, ut quandocumque episcopus dertusensis, vel ecclesia, exercitum fecerit vel cavalcatam, teneamini sequi ipsum; sed ad cumulum gratiarum, vos ab omni exercitu vel cavalcata absolvimus, ab hoc preterito festo Pasche usque ad sex annos.
De omnibus siquidem inventionibus vel trobis, hanc inde medietatem inventor et nobis aliam retinemus.
Addimus etiam districtius inhibentes, quod nullus miles vel populator seu habitator ville de Cabanis vel totius termini Mirabeti, in cuius termino predicta villa consistit, guerram vel pignus aliquod facere presumat, nisi de spetiali licentia episcopi et prioris liceatque vobis et vestris predecessoribus in perpetuum honores et possessiones predicte ville de Cabanis vendere, inpignorare, vel alienare, omni vestro consimili laboratori, preter militibus atque sanctis.
Quod est actum XIIIº kalendas iulii anno Domini Mº CCº XLº IIIº.
Ego, Poncius, dertusensis episcopus subscribo.
Sig+num Guillermus, prioris. Ego, Dominicus, prior claustralis, subscribo, sig+num. Ego Bernardus, archidiaconus dertusensis, sig+num. Arnaldi, dertusensis sacriste, sig+num. Petri de Podio, dertusensis hospitalarii, sig+num. B. de Fenolario, precentoris Dertuse, etc”.

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Edició d'Enric Guinot Rodríguez. València 1991, pp. 170-173.